Ley de dependencia para adultos y niños después del cáncer

¿Qué es la situación de dependencia?

La dependencia es el estado en que las personas necesitan asistencia para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Este sería el caso, por ejemplo, de algunas personas que sufren secuelas derivadas de un cáncer o de su tratamiento.

Desde el 2007, de la ley estatal de la dependencia dotó el Sistema público de servicios sociales para regular la atención y las prestaciones a este colectivo.

 

Grados de dependencia

Según la necesidad de ayuda que tiene una persona para realizar tareas cotidianas, se establecen tres grados de dependencia: dependencia moderada (Grado I), dependencia severa (Grado II), y gran dependencia (Grado III):

 

 

  • Grado I, dependencia moderada: es cuando una persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
  • Grado II, dependencia severa: cuando se necesita ayuda para varias actividades básicas de la vida diaria, pero no requiere la presencia permanente de una persona cuidadora o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
  • Grado III, gran dependencia: cuando una persona, por su pérdida total de autonomía mental o física, necesita la presencia indispensable y continua de otra persona o tiene necesidad de ayuda generalizada para su autonomía personal.

 

Reconocimiento de la situación de dependencia

El reconocimiento oficial de la situación de dependencia en alguno de los grados establecidos es un requisito básico para acceder a las prestaciones económicas y de servicios sociales reconocidas por la Ley de la dependencia.

 

Las personas que se encuentren en situación de dependencia que quieran acceder a estas prestaciones reconocidas por la Ley de la dependencia deberían solicitarlo a través del siguiente enlace de la Generalitat de Cataluña, donde podrán encontrar toda la información y documentación necesaria para el proceso de valoración y resolución, la revisión del grado de dependencia y acceso a los impresos para realizar la solicitud.

 

Personas destinatarias

Esta ley está destinada a los ciudadanos españoles que cumplan los siguientes requisitos:

 

  • Encontrarse en una situación de dependencia en algunos de los grados establecidos.
  • Residir en el territorio español y haberlo hecho durante cinco años, dos de los cuales deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años, el periodo de residencia se exige a quien tiene la guardia y custodia.

 

¿Esta ley ampara a los menores afectados por cáncer?

Sí, la situación de dependencia puede ocurrir a cualquier edad, por lo tanto, esta ley también protege a los menores y sus familias; ayudando a los padres, como cuidadores, cuando las secuelas de la enfermedad hacen que el menor necesite cuidados y se encuentre en situación de dependencia.

 

Los menores de tres años que acrediten situación de dependencia pueden acceder a diversas prestaciones económicas y servicios sociales para mejorar su calidad de vida y la de su entorno familiar.

 

Personas cuidadoras no profesionales

Se denomina cuidador informal o no profesional, aquel familiar o persona que atiende de forma continuada una persona en situación de dependencia y con la que está vinculada afectivamente.

Las personas con grado de dependencia reconocido podrán optar por la prestación de cuidador del entorno familiar en su Plan Individual de Atención (PIA). En este caso será necesario que la persona cuidadora no profesional sea un familiar hasta tercer grado de parentesco y conviva con la persona en situación de dependencia.

 

Prestaciones económicas

El reconocimiento oficial del grado de dependencia conlleva el derecho a acceder a determinadas prestaciones económicas:

 

  • Prestación económica vinculada al servicio.
  • Para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
  • Para la asistencia personal.

 

Los servicios y las prestaciones económicas se ofrecen según la situación personal (grado de dependencia, renta y patrimonio), el entorno familiar y la disponibilidad de servicios en el lugar de residencia de la persona con dependencia.

 

Prestación para cuidadores en el entorno familiar

Cuando se den las circunstancias adecuadas, la persona con grado de dependencia reconocido puede optar por ser atendida en su entorno familiar. La prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores es una prestación económica que recibe la persona en situación de dependencia. Podrá asumir la condición de cuidadores no profesionales si se cumplen los siguientes requisitos:

 

  • El cónyuge y sus familiares por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco.
  • La persona en situación de dependencia ha sido atendida por ellos, al menos durante un periodo previo de un año y en el momento de la firma del Acuerdo PIA acreditan que conviven con la persona en situación de dependencia.
  • Deben asumir formalmente los compromisos necesarios para la atención y cuidado de la persona en situación de dependencia y deben ser capaces para desarrollarse adecuadamente. Asimismo, no podrán tener grado de dependencia reconocida.

 

Si se necesita más información, se puede consultar el portal web de la Generalitat, donde se encuentra toda la información y documentación necesaria para tramitar esta prestación.

 

 


Referencias

Generalitat de Catalunya (2018). Persones amb dependència.

Seguridad Social (2018). Tràmits i gestions.