Cómo prepararse para la vuelta al trabajo

Casi la mitad de los diagnósticos de cáncer corresponden a personas que se encuentran en edad laboral. En algunas de las personas que lo padecen, esta patología y su tratamiento tienen consecuencias que las incapacitan temporalmente para poder desarrollar sus funciones. La ley estipula que la duración máxima de incapacidad temporal es de 12 meses y 6 meses más de prórroga.

Es conveniente informarse acerca de la legislación vigente al respecto, que proporciona amparo en situaciones de irregularidad o discriminación laboral. Después de la incapacidad temporal, existe la posibilidad de solicitar a los Servicios de prevención laboral una readaptación de tu puesto de trabajo (si ahora no puedes realizar tu actividad laboral en las mismas condiciones que antes), solicitar una incapacidad permanente y el certificado de discapacidad.

La incapacidad permanente es el reconocimiento oficial de la situación de una persona trabajadora que presenta reducciones anatómicas o funcionales que disminuyen o anulan su capacidad laboral de manera previsiblemente definitiva y que le limitan en la realización, al menos, del 33% de sus tareas habituales. Para la solicitud de incapacidad laboral, en Cataluña, se puede acudir al ICAM (Institut Català d’Avaluacions Mèdiques SGAM), el cual hará una propuesta al INSS sobre su grado de  incapacidad.

Hay diferentes grados de incapacidad permanente, según los impedimentos que tenga la persona a la hora de desarrollar la actividad laboral.

  • Incapacidad permanente parcial: Las secuelas de una enfermedad o accidente provocan una disminución no inferior al 33% en el rendimiento laboral habitual y por lo tanto no inhabilita completamente a la persona para realizar el trabajo habitual.
  • Incapacidad permanente total: La situación de la persona trabajadora le impide dedicarse a su profesión habitual, pero no le inhabilita para dedicarse a otras actividades laborables.
  • Incapacidad permanente absoluta: La situación de la persona trabajadora le inhabilita por completo para cualquier profesión u oficio.
  • Gran invalidez: La persona afectada por una incapacidad permanente necesita asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.

Las normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones por invalidez están recogidas en la Ley de la Seguridad Social. Para compensar la pérdida de ingresos, están previstas una serie de prestaciones que dependerán de diferentes factores, como las cotizaciones previas a la Seguridad Social, el estado de salud, la profesión que se ejerza y la situación laboral en el momento.

En el caso de que haya pérdidas de capacidades que afecten a la realización de las actividades cotidianas, de forma complementaria o independiente a la solicitud de incapacidad permanente, se puede pedir una valoración para reconocer el grado de discapacidad. Esta valoración se puede solicitar en la dirección general de protección social o las oficinas de asuntos sociales y familiares, entre otros.

Para obtener el reconocimiento de discapacidad, es necesario hacer una solicitud, y a continuación concertar una cita de valoración o presentar un informe que justifique la discapacidad. La cita la realiza la propia administración, y es un proceso establecido y requiere siempre la valoración y entrevista por parte de su equipo de valoración.

En caso de que solo se haya obtenido la incapacidad o discapacidad o bien ninguna de las dos,  y la persona esté en activo, el Servicio de prevención de riesgos laborales debe hacer su propia valoración en relación a las condiciones de trabajo de la persona y de sus tareas laborales.

Toma de decisión

Después del cáncer, muchas personas desean regresar a las rutinas y actividades que desarrollaban antes de la enfermedad, incluido el trabajo, lo que les permite ir distanciándose día a día de ella. La reincorporación a la vida laboral puede resultar beneficiosa tanto en términos económicos, como desde el punto de vista social y emocional. De todas formas, la vuelta al trabajo no debe responder a presiones sociales y familiares, sino que es imprescindible que se trate de una decisión autónoma y tomada de forma reflexiva.

Es normal que las personas necesiten un tiempo para recuperarse tanto física como emocionalmente. Una vez se ha tomado la decisión de regresar al trabajo, es frecuente que surjan los típicos miedos e incertidumbres derivadas de volver a encontrarte con tus compañeros de trabajo, el jefe y de no saber si será posible rendir al mismo nivel que antes.

Planificación de la vuelta al trabajo

Es importante tener una reunión con el responsable de la empresa antes de incorporarse, de forma que se detallen el momento adecuado para la vuelta, el régimen de trabajo, horario, funciones, etc.

Esta reunión debe servir para conocer las secuelas físicas y emocionales que la persona que ha superado el cáncer y de las que aún no ha conseguido recuperarse. Esta revisión se realiza con el Servicio de prevención de riesgos laborales y en base a la ley de prevención de riesgos laborales.

La ley establece como obligación empresarial y principio preventivo que se ha de adaptar el trabajo a las personas, y no al revés (artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales). Para las personas declaradas de especial sensibilidad, esta ley obliga a las empresas a hacer una valoración del puesto de trabajo en base a las necesidades provocadas por la patología que ha provocado la baja o si se pueden producir nuevos riesgos laborales, con tal de adaptar el lugar de trabajo o realizar una recolocación en caso de ser necesario.

Esta valoración debe conllevar la propuesta de alternativas para que el empresario tome las decisiones y determine si hace:

  • Restricción de tareas
  • Reorganización del trabajo
  • Modificación o cambio del lugar de trabajo
  • Despido objetivo en caso de que la empresa no pueda ofrecer otra alternativa

Si son necesarias medidas para adaptar el lugar de trabajo, éstas deben planificarse y constar por escrito con el objetivo de poder aplicarse. En caso de que no se requieran medidas adicionales, el lugar de trabajo permanecerá en las mismas condiciones.

Reincorporación

Los primeros días de trabajo pueden generar cierta ansiedad, al no saber cómo reaccionarán los compañeros de trabajo, si cambiará o no la relación con ellos como consecuencia de la enfermedad, o, simplemente, por encontrarse en un nuevo entorno, diferente al de los últimos meses.

Se debe tener presente que la reacción de los compañeros de trabajo puede variar. Algunas personas pueden resultar un gran apoyo, mientras que otras no sepan, quizás, cómo ofrecer ayuda, y su relación con ellos sea un poco más distante de lo que era antes. En estos últimos casos, se debe tener paciencia y tratar de entender sus temores para poder recuperar su buena relación. Ante la reincorporación, la figura de un responsable o referente ya sea un mando intermedio de la empresa o del Servicio de prevención de riesgos laborales puede ser de gran ayuda.

Algunos consejos para la vuelta al trabajo podrían ser:

  • Aceptar ayuda. De esta manera se recibirá el apoyo que se necesita y los demás se sentirán útiles ayudando.
  • Hablar con los demás. Tratar de acercarse a esas personas que se encuentran un poco más reticentes a relacionarse tras la vuelta puede reportar beneficios a ambos, además de recuperar relaciones tras el cáncer.
  • Abordar los problemas que surgen desde el principio. Si surgiera algún problema relacionado con sus funciones, se deben abordar en cuanto pueda, para que no llegue a crear malestar o ansiedad.
  • Tratar de mantener los contactos durante la enfermedad. La vuelta al trabajo se hará más fácil si no se ha perdido la relación con los compañeros de trabajo.
  • Pensar cómo responder cuando le pregunten por su cáncer. La respuesta a este tipo de preguntas es muy personal, y depende de la forma que cada persona tiene de afrontar la enfermedad. Algunas personas prefieren que sus compañeros se olviden cuanto antes de su cáncer, y otras son muy abiertas al respecto, comentando sus inquietudes para alinearse con sus compañeros de trabajo.
  • Tener comunicación fluida y abordar las dificultades que puedan ir surgiendo con el responsable o referente designado por la empresa para hacer seguimiento del proceso de incorporación.

Referencias

  1. Grupo Español de Pacientes con Cáncer. Todo lo que empieza cuando “termina” el cáncer.
  2. Asociación Española Contra el Cáncer (AECC). Vuelta al Trabajo.
  3. S Department of Health and Human Services. Siga Adelante.
  4. American Society of Clinical Oncology (ASCO). Regresar al Trabajo después del Cáncer.
  5. Instituto Nacional del cáncer. Regreso al Trabajo.
  6. Federació Catalana d’Entitats contra el Càncer (FECEC). Reprèn, servei d’orientació laboral després del càncer.
  7. Generalitat de Catalunya, Departament de treball, afers socials i famílies. Persones amb discapacitat.